Agencia de Vivienda Social: cita previa, requisitos y cómo pedir una vivienda
Lo que responde esta guía
- ¿Qué es la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid?
- ¿Cómo se pide cita previa en la Agencia de Vivienda Social?
- ¿Qué requisitos pide la Agencia de Vivienda Social para darte una vivienda?
- ¿Cómo se solicita una vivienda de la Agencia de Vivienda Social por especial necesidad?
- ¿Y si mi situación es urgente?
- ¿Cuándo hay sorteo de viviendas de la Agencia de Vivienda Social?
- ¿Qué tiene que ver la Agencia de Vivienda Social con la fianza de tu alquiler?
- ¿Cómo se escritura o se cambia de titular una vivienda de la Agencia?
- ¿Puede un funcionario acceder a una vivienda de la Agencia de Vivienda Social?
Por Observatorio de la Vivienda Funciohouse
La Agencia de Vivienda Social es el organismo de la Comunidad de Madrid que adjudica sus pisos públicos de alquiler, gestiona los sorteos de su parque y, aunque mucha gente no lo sabe, también guarda las fianzas de todos los alquileres de la región. Esta guía responde a lo que más se pregunta de ella: cómo pedir cita, qué requisitos piden, cómo se solicita una vivienda, cuándo hay sorteo y qué pinta en tu fianza. Todo sale de sus páginas oficiales y del Decreto 52/2016, citados al pie.
¿Qué es la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid?
Es el nombre actual del antiguo IVIMA (Instituto de la Vivienda de Madrid). En 2015 se le integró además el IRIS, el Instituto de Realojamiento e Integración Social, y asumió las competencias de los dos (Decreto 72/2015, de 7 de julio, BOCM n.º 160 de 8 de julio de 2015)*1. Si alguien te habla del «IVIMA», está hablando de la Agencia.
Hace tres cosas que conviene no mezclar:
- Adjudica viviendas de su propiedad, casi siempre en alquiler, por tres vías: especial necesidad, emergencia social y sorteo.
- Gestiona el depósito de fianzas de los contratos de alquiler de toda la Comunidad de Madrid.
- Tramita la escritura y los cambios de titular de las viviendas que vendió en su día.
No todas sus viviendas pasan por esas vías: las de alquiler con opción a compra para jóvenes y las afectadas por operaciones de realojo y remodelación tienen su propio camino*2.
¿Cómo se pide cita previa en la Agencia de Vivienda Social?
La sede está en la calle Basílica, 23, 28020 Madrid (Tetuán), con metro en Nuevos Ministerios (líneas 6, 8 y 10) y Santiago Bernabéu (línea 10), y es accesible*1. El teléfono es el 012, o el 91 580 42 60 si llamas desde fuera de la Comunidad.
Los horarios de atención al público son estos*1:
- Atención e información al público: de 9 a 14 h.
- Servicio de Información de Vivienda Social: de 9 a 14 h.
- Registro: de 9 a 14 h.
- Gestión de fianzas: de 9 a 17 h (en agosto, de 9 a 14 h).
- Inspección de fianzas: de 9 a 14 h.
La regla sobre la cita es doble, y es donde más gente se equivoca. Para los trámites que son competencia de la Comunidad de Madrid (registro, información de vivienda social y fianzas de régimen general) se recomienda pedir cita previa: se atiende sin ella, pero quien la tiene pasa antes. Para cualquier trámite que no sea competencia de la Comunidad, la cita es imprescindible y se pide llamando al 012*1. El área de fianzas tiene además su propia cita previa online, presencial o telefónica, en la que te llaman ellos*3.
¿Qué requisitos pide la Agencia de Vivienda Social para darte una vivienda?
Los requisitos generales están en los artículos 5, 6 y 7 del Decreto 52/2016, de 31 de mayo, y son los mismos para la vía de especial necesidad y para los sorteos, que además añaden los suyos*2. Hay que cumplirlos todos a la vez:
- Edad: ser mayor de edad o menor emancipado.
- Ingresos: que los de la unidad familiar no pasen de 3,5 veces el IPREM al año. El IPREM es hoy de 600 € € al mes. Los ingresos se ponderan con un coeficiente según el número de miembros: 0,800 para uno o dos, 0,776 para tres, 0,744 para cuatro, 0,704 para cinco y 0,700 para seis o más.
- Sin otra vivienda pública reciente: que nadie de la unidad familiar haya sido adjudicatario de vivienda pública en los diez años anteriores, salvo renuncias justificadas.
- Sin otra vivienda en propiedad en toda España, con excepciones para separaciones y divorcios en los que no te quedaste con el uso de la casa, para herencias de no más del 50 % y para víctimas de violencia de género.
- Empadronamiento o trabajo: diez años en la Comunidad de Madrid, de los que los tres últimos tienen que ser inmediatamente anteriores a la solicitud. Hay excepciones para víctimas de violencia de género que tuvieron que mudarse, refugiados, emigrantes retornados y personas sin hogar atendidas por la red regional.
- No ocupar una vivienda sin título ni consentimiento del propietario.
- Y la vivienda tiene que ser tu domicilio habitual y permanente.
¿Cómo se solicita una vivienda de la Agencia de Vivienda Social por especial necesidad?
Es la única vía que se pide tú mismo y en cualquier momento: no tiene plazo. Pueden solicitarla quienes estén en alguna de las situaciones que recoge el decreto, entre otras: desahucio, violencia de género, vivir en malas condiciones de habitabilidad, en albergues, casas refugio, pisos tutelados o centros penitenciarios, o en una vivienda inadecuada por razones económicas o de espacio*2.
La solicitud se presenta en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid. Si falta un documento o hay un error, tienes diez días para subsanarlo: si no lo haces, se archiva. Una vez admitida, te comunican la admisión y tu puntuación*2.
Después pasa por tres filtros:
- Un cupo según tu familia: una persona va a viviendas de un dormitorio; dos y tres, de dos; cuatro y cinco, de tres; de seis a ocho, de cuatro; y más de ocho, de cinco.
- Un baremo que ordena las solicitudes de mayor a menor puntuación. Por ingresos: 10 puntos hasta 1,5 veces el IPREM, 9 puntos entre 1,5 y 2,5, y 8 puntos entre 2,5 y 3,5. La discapacidad de grado igual o superior al 65 % suma 2 puntos, y 1 más por cada miembro adicional con ese grado. La dependencia de grado II o III suma 1 punto por persona. Hay más apartados en el baremo completo del decreto.
- Hasta tres ofertas. Siguiendo ese orden, te ofrecen hasta tres viviendas adecuadas a tu familia y, en lo posible, a donde vives. Si rechazas las tres, pierdes tu puesto en la lista.
¿Y si mi situación es urgente?
Entonces la vía no es una solicitud a la Agencia. La adjudicación por emergencia social no tiene formulario ni plazo: la Administración la pone en marcha de oficio cuando conoce un caso grave, y casi siempre a través de los servicios sociales de tu ayuntamiento*4. Si tu situación es urgente, la primera puerta es la de los servicios sociales municipales.
¿Cuándo hay sorteo de viviendas de la Agencia de Vivienda Social?
Los sorteos no son periódicos: cada uno sale con su propia convocatoria en el BOCM, con su plazo, sus cupos y sus condiciones. Para participar hay que cumplir los requisitos generales del decreto más los de esa convocatoria*5.
El procedimiento es siempre el mismo: solicitud, lista provisional de admitidos y excluidos, diez días de alegaciones para subsanar y lista definitiva. El sorteo es público y ante notario, y de él sale, por cada cupo, una lista de adjudicatarios y otra de reservas que dura tres meses y entra en juego si alguien renuncia*5.
El último fue el de 180 viviendas de alquiler en la parcela RO-8 de Majadahonda, convocado en el BOCM n.º 252 de 22 de octubre de 2025 y sorteado el 26 de mayo de 2026*5. La página oficial no anuncia ninguno posterior. Cuando salga el siguiente, se publicará en el BOCM.
¿Qué tiene que ver la Agencia de Vivienda Social con la fianza de tu alquiler?
Mucho más de lo que parece. En la Comunidad de Madrid, el casero está obligado a depositar la fianza que le das al firmar el contrato en la Agencia de Vivienda Social. El depósito es gratuito y no genera intereses*3. Lo que hay que saber:
- Cuánto: una mensualidad de renta si es tu vivienda habitual, y dos si es un alquiler de uso distinto, que incluye el de temporada, sin contar IVA ni retenciones.
- Cuándo: en los 30 días hábiles siguientes a la firma del contrato. Si se hace tarde, lleva un recargo del 2 %, o del 5 % si ha pasado más de un año. No hacerlo puede acabar en una sanción de hasta 90.000 euros.
- Cómo: por internet, con un formulario en el que ya es obligatoria la referencia catastral de la vivienda, pagando con tarjeta o en el Banco Santander. El resguardo lleva un número que empieza por 251, y es el que se usa para cualquier gestión posterior.
- Actualización: durante los cinco primeros años del contrato (siete si el casero es una empresa), la fianza no se actualiza.
- Devolución al inquilino: el casero tiene que devolverte la fianza en el plazo de un mes desde que acaba el contrato y le entregas las llaves.
- Devolución al casero: él tiene que pedírsela a la Agencia en los cinco años siguientes al fin del contrato. Pasado ese plazo, el derecho prescribe.
Las normas son el Decreto 181/1996, que regula el depósito de fianzas en la Comunidad de Madrid, y la página de fianzas de la propia Comunidad*3.
¿Cómo se escritura o se cambia de titular una vivienda de la Agencia?
Son tres trámites distintos*6:
- Escriturar: si tienes un contrato privado de compraventa de una vivienda de la Agencia y nunca lo elevaste a escritura pública, se solicita en línea y te citan para firmar.
- Cambiar el titular por fallecimiento, separación o divorcio, cuando no hay escritura pública: lo resuelve la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación. Hay que ser heredero o tener sentencia firme y pagar la tasa de subrogación. El plazo para resolver es de seis meses, y si pasa sin respuesta, la solicitud se entiende denegada.
- Amortizar antes de tiempo: puedes adelantar pagos o cancelar lo que quede pendiente en cualquier momento.
¿Puede un funcionario acceder a una vivienda de la Agencia de Vivienda Social?
El parque de la Agencia está pensado para rentas bajas y situaciones de necesidad, y su techo de ingresos lo deja claro. Pero no lo damos por hecho para nadie: el límite se calcula sobre los ingresos de toda la unidad familiar, ponderados por el número de miembros, así que la respuesta depende de tu declaración de la renta y de tu familia, no de tu cuerpo. Haz la cuenta con tus números antes de descartarlo o de contar con ello.
Para eso tienes nuestro buscador de ayudas de vivienda, que recoge las tres vías de la Agencia junto al resto de ayudas de la Comunidad y te dice en cuáles podrías entrar. Para todo lo demás, en vivienda pública en Madrid están ordenadas todas las vías públicas de acceso, de la Agencia a la EMVS. Y si lo que buscas es el sorteo del Ayuntamiento, tienes la guía del sorteo EMVS. Lo que la Agencia está construyendo ahora lo contamos en la noticia de los 670 pisos de alquiler social.
Los sorteos de la Agencia salen sin aviso, en el BOCM, y el plazo para apuntarse es corto. Si te apuntas al Radar de Vivienda, te avisamos cuando se publique la siguiente convocatoria.
Fuentes: El dato de origen es responsabilidad de quien lo publica. *1 Comunidad de Madrid, ficha del centro Agencia de Vivienda Social (dirección, horarios, teléfono, cita previa y Decreto 72/2015), consultada el 2 de octubre de 2026. *2 Comunidad de Madrid, Adjudicación de viviendas de la Agencia de Vivienda Social por especial necesidad, actualizada el 3 de agosto de 2026, y Decreto 52/2016, de 31 de mayo. *3 Comunidad de Madrid, Fianzas de arrendamiento, actualizada el 27 de julio de 2026, y Decreto 181/1996, de 5 de diciembre. *4 Comunidad de Madrid, Adjudicación por emergencia social. *5 Comunidad de Madrid, Adjudicación de viviendas de la Agencia de Vivienda Social por sorteo, actualizada el 3 de agosto de 2026. *6 Comunidad de Madrid, Comprar una vivienda de la Agencia de Vivienda Social. IPREM: Ley 31/2022 de Presupuestos para 2023, disposición adicional 90.ª, vigente por prórroga. Operaciones nuestras: ninguna. Todas las cifras de esta guía son las que publica la Comunidad de Madrid, sin cálculo nuestro.
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